Después de manifestarle a la que en su momento era mi novia el deseo de que contrajéramos matrimonio y de que ella me diera su aceptación, adelanté las averiguaciones ante las autoridades civiles (El Juez),
acerca de los requisitos, entre los cuales me dijeron que debía presentarme con dos testigos. Esos testigos, entre otras responsabilidades tenían que afirmar la veracidad que entre la que hoy es mi esposa y este servidor no había impedimento alguno para consumar nuestra unión matrimonial; sin el llenar el requisito de los testigos, imposible que el Juez celebrara dicha unión. Este tema de los testigos para cualquier asunto tiene su base en las Sagradas Escrituras:
… lleva contigo a uno o dos más, para que “todo asunto se resuelva mediante el testimonio de dos o tres testigos”. Mateo 18:16
Quiero dejar el tema de los testigos hasta aquí, para hablar un poco del Señor Jesús, su ministerio y sus palabras, porque Él mismo lo dejó claro que no necesitaba de testigos:
—Tú te presentas como tu propio testigo —alegaron los fariseos—, así que tu testimonio no es válido. —Aunque yo sea mi propio testigo —repuso Jesús—, mi testimonio es válido, porque sé de dónde he venido y a dónde voy. Pero ustedes no saben de dónde vengo ni a dónde voy. Juan 8:13-14
Al tratar con los fariseos el Señor Jesús fue muy enfático y elocuente como lo acabamos de ver en los textos anteriores y otros más. Lo que los fariseos no entendían a pesar de lo eruditos que eran, es que el Señor estaba dando una enseñanza radicalmente nueva.
Si usted se acerca a los cuatro evangelios, el original griego [Idioma original en que se escribió el Nuevo Testamento], registra que Él comenzaba sus enseñanzas con la frase: “Amén yo les digo”. La versión Reina Valera traduce esta frase con el famoso: “De cierto os digo” y la Nueva Versión Internacional la traduce como: “Les aseguro”. Como quiera que la traduzca, la frase significa: “Juro por adelantado la veracidad de lo que estoy a punto de decir”. Esta sin duda alguna fue una técnica de enseñanza absolutamente distinta.
En el judaísmo se requería de dos testigos, pero el Señor Jesús testifica de la verdad de Sus propias palabras. En lugar de basar su enseñanza en la autoridad de otros, habla por Su propia Autoridad. Veamos:
Cuando Jesús terminó de decir estas cosas, las multitudes se asombraron de su enseñanza, porque les enseñaba como quien tenía autoridad, y no como los maestros de la ley. Mateo 7:28-29
De manera que en el Señor Jesús hay alguien que tenía poder por encima y más allá de los profetas del Antiguo Testamento. Él tenía no solamente la inspiración divina, sino también la Autoridad y el Poder de la expresión divina.
Pues para que sepan que el Hijo del hombre tiene autoridad en la tierra para perdonar pecados —se dirigió entonces al paralítico—: Levántate, toma tu camilla y vete a tu casa. Y el hombre se levantó y se fue a su casa. Al ver esto, la multitud se llenó de temor, y glorificó a Dios por haber dado tal autoridad a los mortales. Mateo 9:6-8
Contrariamente entonces, así como mi matrimonio con Marlen requería de testigos y del aval de la autoridad de un Juez para que tuviera validez legal, el Ministerio del Señor y sus mismas palabras no, porque Él es la Autoridad y de paso, su propio testigo.
Rvdo. Nicolás Ocampo J.
Pastor